Noticias / Orden /SND/414/2020, de 16 de mayo, es la que fija las restricciones de aplicación durante la Fase 2 de la desescalada.

Orden /SND/414/2020, de 16 de mayo, es la que fija las restricciones de aplicación durante la Fase 2 de la desescalada.

Esta norma, junto a otras que se han ido dictando durante los últimos 15 días y que la matizan o amplían, es de aplicación en todo el territorio de Castilla-La Mancha a partir de mañana lunes día 1 de junio.

COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS

Desaparece la limitación de 400 m2 de exposición y venta, y ya pueden reabrir al público todos los establecimientos minoristas y actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma, con independencia de su superficie, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

Que se reduzca al 40% su aforo total.
Se garantice la distancia mínima de 2 metros entre clientes, o en su defecto se permita únicamente la permanencia de un solo cliente.
Se establezca un horario de atención prioritario para mayores de 65 años, coincidente con su franja horaria habilitada.
En el caso de los centros comerciales, las zonas comunes se limitarán a un 30% de su aforo, con independencia que sus locales comerciales puedan alcanzar ese 40% de aforo permitido. Además, se prohíbe el uso de zonas recreativas (zonas infantiles, ludotecas, áreas de descanso, …) que deben permanecer cerradas.

En cuanto a los mercadillos, se debe garantizar la limitación de un tercio de los puestos habituales o autorizados, manteniendo en todo momento la distancia social de clientes de dos metros. No obstante, los Ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días, si así lo estiman oportuno y las autoridades sanitarias no lo impiden.

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